Fue establecida por el Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires.

La medida busca complementar la Ley de Carnes provincial, formalizando la actividad artesanal y asegurando la inocuidad de los alimentos que se producen y venden en territorio bonaerense.

Abarca a los establecimientos cuya producción no supere los 250 kilos semanales o 1.000 kilos mensuales. Estos deberán cumplir con ciertas condiciones edilicias e higiénico-sanitarias: uso de materiales adecuados, disponibilidad de agua potable, control de temperaturas, iluminación, ventilación y espacios apropiados para la elaboración.

Fuente: Noticiasmontehermoso.com.ar